Al menos según la Audiencia Provincial de Valencia. Resulta que La Asociación Española de Software de Entretenimiento y compañías que representa habían puesto una denuncia a una tienda de Valencia, ampárandose en el artículo 270.3 del Código Penal, que viene a decir que no se puede fabricar, vender o tener ningún dispositivo específicamente destinado a la supresión de la protección anticopia. La tienda en cuestión vende el chip y también Plays con el chip puesto. Pues la Audiencia no lo considera delito y rechaza la denuncia sin posibilidad de recurso alguno ya que el chip no tiene la finalidad específica de eliminar la protección anticopia, ya que se puede usar para reproducir otros formatos y juegos de otros países.
Si aún quedaba algún insensato que no se había puesto el chip, pues ya sabeis.
Fuente: Noticía aparecida en "Público" el 12 de marzo.
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